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Todo lo que tienes que saber sobre los Contratos de Arrendamiento en Argentina

Es un contrato que regula la relación entre el propietario denominado arrendador y el inquilino denominado arrendatario en donde se ve implicado la cesión del uso y disfrute de una propiedad por parte del arrendador al arrendatario.

A su vez este ultimo se obligará al pago mensual denominado alquiler y al cuidado de este como cosa propia.

Desde el 2020, la legislación argentina promulgo una nueva Ley que regula este tipo de acuerdo.

La ley 27.551 denominada Ley de Alquileres extendió el plazo de alquiler de dos a 3 años, además estableció que la actualización del aumento del pago solo se podrá hacer de manera anual.

Es importante acotar que en la práctica puedes encontrar alquileres privados que no se rigen por la Ley de Alquileres.

Vamos a verlo en profundidad

Obligaciones del Arrendador (Propietario)

Primero:

Debe entrar la propiedad en condiciones adecuadas para su uso y disfrute, es decir, la vivienda debe cumplir con los requisitos de habitabilidad, incluyendo servicios básicos como agua, electricidad y gas.

Segundo:

Mantenimiento y/o reparaciones: durante los 3 años de arrendamiento, el arrendador deberá responsabilizarse por las reparaciones necesarias que garanticen la habitabilidad de la vivienda, comúnmente este punto se refiere a las reparaciones de problemas de tuberías, electricidad o estructurales.

Es importante saber que son reparaciones por el uso común y acorde de la vivienda.

Tercero:

El arrendador deberá entregar el depósito en garantía pedido al arrendatario al momento de firmar el contrato, podrá deducir los daños causados por el inquilino o deudas pendientes en caso de existir y poder comprobar.

Obligaciones del Arrendatario (Inquilino)

Primero:

Pago de alquiler en fecha y forma estipuladas en el contrato, en caso de incumplir esta clausula podrá ocasiones la rescisión del contrato.

Segundo:

Cuidado de la propiedad como cosa propia; el inquilino debe utilizar la propiedad de manera responsable y cuidadosa, evitando daños o desperfectos.

El arrendatario está obligado a realizar las reparaciones menores necesarias, a menos que en el contrato se acuerde lo contrario.

De acuerdo con la nueva Ley, promulgada en el 2020, el arrendatario podrá pedir la rescisión del contrato en cualquier momento sin perjuicio de multa o pena, además podrá pedir la renovación del mismos siempre y cuando cumpla con las condiciones acordadas.

En Argentina normalmente además de exigir un deposito en garantía que el propietario reintegra una vez finalice el contrato, se exige un garante que se responsabilice en caso de incumplimiento del contrato.

Al respecto, existen distintas empresas que toman el papel de garante, por lo que, al momento de firmar el contrato, se deberá acudir a una de estas empresas para poder firmar el contrato.

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¿Cómo hacer un contrato de arrendamiento sencillo?

En la ciudad de Buenos Aires a los ____ días del mes de Julio de _____, entre el señor _____________ DNI ___________, ________________________________ la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante llamado “EL LOCADOR” por una parte y por la otra el señor (a) ________________ DNI _____________ con domicilio en __________________ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominados “EL LOCATARIO”, celebran el presente contrato de locación con las cláusulas que se describen a continuación:

PRIMERA – Objeto: "EL LOCADOR" da en locación a “EL LOCATARIO” y éste acepta...  Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

SEGUNDA – Precio: El alquiler se abonará de la siguiente forma: veinticuatro (24) cuotas mensuales y consecutivas por los montos siguientes: a) PESOS _____________por cada una de las cuotas 1 a 6, empezando la cuota 1 en __________, b) de las 7 a 12 se calculará un aumento según lo que haya dado el índice de contratos de locación (ICL) que publica el Banco Central de la República Argentina, correspondiente los últimos seis meses anteriores, c). si se dejara de publicar el ICL se tomará como referencia la variación del índice de precios al consumidor minorista (IPC) correspondiente los últimos seis meses anteriores sumados, d) El aumento del monto del alquiler será cada 6 meses con esa metodología hasta concluir el plazo del contrato. El monto del alquiler antes mencionado será percibido por “EL LOCADOR” libre de toda retención y gastos. El pago de las cuotas mensuales se realizará mediante transferencia bancaria ____________________ u otra que designe “El LOCADOR” en forma fehaciente.

TERCERA: Este alquiler mensual será... Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

CUARTA – Plazo: El presente contrato tiene una duración de veinticuatro (24) meses contados a partir del ___________ inclusive venciendo consecuentemente el ____________, en forma indefectible, en cuya fecha "EL LOCATARIO" entregará el bien locado totalmente desocupado y libre de efectos a "El LOCADOR" o a quien legalmente le represente.

Se deja expresa constancia de que: a) en este acto “EL LOCATARIO” inicia la vigencia contractual. Las partes declaran que han negociado los términos de este contrato con la más absoluta buena fe y expresan su voluntad de no perjudicar de manera absoluta los intereses de la otra, asimismo renuncian a ampararse en cualquier resolución que se dictare, que implique obligar abusivamente a cualquiera de las partes.

PRÓRROGAS O RENOVACIONES DEL CONTRATO: Se entenderá por tales... Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

QUINTA: "EL LOCATARIO" manifiesta que el bien locado se encuentra en condiciones de habitabilidad y uso y que conoce las mismas por haber visitado la unidad con anterioridad.

La unidad se entrega con todos sus vidrios, herrajes, llaves, sanitarios completos, cocina y muebles de cocina, instalación y artefactos eléctricos y demás accesorios, obligándose a mantener y devolver el inmueble, accesorios y muebles en las mismas condiciones para su uso comprometiéndose a pagar los enseres que falten y los desperfectos ocasionados.

De manera especial se deja establecido que todos aquellos deterioros y daños que pudiera ocasionar una mascota dentro de la unidad serán resarcidos de forma completa. "EL LOCATARIO" no podrá introducir modificaciones ni hacer obra alguna en el inmueble o en sus instalaciones sin la autorización escrita de "EL LOCADOR", las que, en caso de acordarse, quedarán a beneficio e incorporadas a la unidad y sin derecho a indemnización de ninguna especie, y por ningún motivo darán lugar al derecho de retención.

Tampoco podrá subarrendar, ceder, dar en comodato ni transferir total o parcialmente, ya sea a título oneroso o gratuito la presente locación.

Asimismo, no podrá impedir que "EL LOCADOR" inspeccione... Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

EL LOCATARIO deberá mantener las instalaciones de desagües limpias. "EL LOCATARIO" toma a su cargo todas las obligaciones ocasionadas por los desperfectos menores que pudieran producirse en la unidad de vivienda arrendada y asume la responsabilidad de los daños que pueda ocasionarle a terceras personas. En el caso de desperfectos en el funcionamiento de los aparatos detallados, correrán a cargo de “EL LOCATARIO” en caso de querer arreglarlos, de lo contrario “EL LOCADOR” podrá retirarlas de la unidad sin que dé lugar a reclamo alguno por parte de “EL LOCATARIO”.

SEXTA - Responsabilidades: EL LOCADOR no se responsabiliza por ningún daño o perjuicio que pudieran sufrir las personas, mercaderías, muebles, ropas, enseres, útiles, efectos, valores, etcétera, pertenecientes a EL LOCATARIO o a cualquier otra persona que a partir de la celebración del presente contrato se hallare en el inmueble, cualquiera sea la causa, interna o externa, visible u oculta, que las produzca, ya sea y a solo modo de ejemplo, por humedades, pérdida de agua, rotura de cañerías, incendio de cualquier naturaleza, cortocircuitos, lluvias, inundaciones, filtraciones, etc.

EL LOCATARIO deberá tomar las medidas y... Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

Si EL LOCATARIO se ausentara de la unidad locada un tiempo mayor a veinte días, deberá dejar un apoderado que haga las veces de este, comprometiéndose al pago del alquiler, impuestos, servicios y/o avisar a EL LOCADOR cualquier otra eventualidad que surja en el lapso que se ausente EL LOCATARIO.

SÉPTIMA: “EL LOCATARIO” libera al “LOCADOR” del pago de cualquier mejora, que no fuere necesaria y/o urgente, y la toma a su cargo.

Asimismo, pagará también, el arreglo de todas las averías que acaecieren cuya reparación no corresponda al locador, renunciando a todo derecho de repetición y/o retención, en esos casos, contra el “LOCADOR” y las dejará en beneficio del inmueble, sin indemnización alguna.

Vencido el plazo del contrato de locación, EL LOCATARIO no podrá... Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

OCTAVA: Queda expresamente convenido que: A) El pago de las expensas que deriven de gastos habituales, entendiéndose por tales aquellos que se vinculan a los servicios normales y permanentes a disposición del locatario, independientemente de que sean considerados como expensas comunes ordinarias o extraordinarias, las facturas de los servicios de electricidad, agua corriente, internet y cualquier otro servicio que “EL LOCATARIO” contratase por su cuenta para el inmueble correrán por cuenta exclusiva de "EL LOCATARIO", quien se compromete a efectuar los pagos en término, y a exhibir los comprobantes de pago en cada período en la oportunidad de abonar los valores locativos pertinentes, los que deberán ser entregados en su totalidad en original al finalizar el plazo del presente contrato.

Se deja establecido que todas estas obligaciones forman parte... Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

NOVENA: Con relación a los servicios instalados en el inmueble locado conforme se conviene en la cláusula precedente en caso de interrupción del servicio por atraso en el pago correspondiente, "EL LOCATARIO" correrá con todos los gastos necesarios para su reinstalación.

DÉCIMA: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas y en especial, la falta de pago del alquiler, harán incurrir en mora a "EL LOCATARIO", operándose la misma de pleno derecho, sin necesidad de intervención judicial o extrajudicial previa.

Además de los derechos que la ley acuerda al "LOCADOR", él quedará facultado para optar entre exigir el cumplimiento del contrato o bien demandar el inmediato desalojo y en ambos casos con más los intereses convenidos y los daños y perjuicios que correspondan.

En este último caso "EL LOCADOR" podrá tener la locación de... Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

En caso de que "EL LOCADOR" se viese obligado a iniciar juicio de desalojo se conviene como cláusula penal que "EL LOCATARIO" abonará además de los alquileres correspondientes una suma igual adicional por cada mes que se extienda el proceso, para cuyo cobro será procedente la vía ejecutiva prevista por el Código Procesal, al igual que para cualquier deuda que surja del presente contrato.

UNDÉCIMA - Depósito: "EL LOCATARIO" hace entrega en este acto a "EL LOCADOR", sirviendo esta constancia de suficiente recibo, de la suma de pesos _____________, en calidad de depósito dinerario en garantía por los alquileres y obligaciones de toda índole emergentes del presente contrato incluso daños y perjuicios y costas judiciales, no pudiendo en ningún caso dicha suma imputarse a alquileres ni devengar intereses.

La misma será reintegrada al depositante dentro de los treinta (30) días posteriores al reintegro del inmueble locado en las condiciones pactadas, siempre y cuando se haya acreditado el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo de “EL LOCATARIO”.

DUODÉCIMA - FIANZA:

(Nombre de la empresa garante) constituyendo domicilio especial ________________ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y representada en este acto por ________________________________en calidad de Apoderado(a) según su Poder que se acompaña, suscribe el presente Contrato de Garantía, accesorio al Contrato de Locación principal, por el que asume únicamente como fiador del Locatario, renunciando a oponer tanto el beneficio de la división de la deuda como el de excusión previa.

A. El Contrato de Garantía integra el Contrato de Locación y se anexa como Anexo I​. A través del presente ______________ se obliga a poner a disposición del Locador el importe dinerario que corresponda ante un eventual incumplimiento imputable al Locatario con los alcances establecidos en la cláusula cuarta del contrato de fianza.

Dicha suma de dinero quedará... Obtén el contrato de arrendamiento completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

Los importes abonados por el Fiador al Locador son objeto de subrogación automática (art. 1592 del Código Civil y Comercial de la Nación), quedando el Fiador en la misma situación jurídica frente al Locatario que el Locador, pudiendo ejercer todas y cada una de las acciones y derechos que el Locador detenta y surgen del contrato de locación.

La cancelación de los importes adeudados por parte del fiador como obligación accesoria e independiente no obsta el incumplimiento del Locatario y por ende, su estado de mora, ni impide la promoción de la acción de desalojo, contando el acreedor a tal fin con el plazo de 60 días, todo ello en los términos previstos por el art. 1596 inc. d) del Código Civil y Comercial de la Nación.

La Fianza comenzará a regir a... Obtén el contrato de alquiler pdf argentina por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

Cualquier modificación y/o prórroga que se realizare al Contrato de Locación sin aceptación expresa del Fiador, le resultará inoponible a éste.

B. Ante un incumplimiento por parte del Locatario, el Locador debe otorgar mandato judicial en favor del o los profesionales que ________________ designe facultándolos a enviar todo tipo de intimaciones y requerimientos, asistir a mediaciones y audiencias, declarar rescindido el contrato principal, demandar por desalojo por cualquier causal, efectuar todo tipo de reclamo dinerario y cobrarlo; reclamar la entrega y recibir el inmueble locado y sus llaves; constatar su estado; y proceder a su ulterior entrega al Locador del mismo.

Se deja establecido que Locador y Locatario autorizan y dan expresa conformidad, sin que ello implique modificación alguna a lo establecido en el contrato de locación suscripto por las partes, al otorgamiento del mandato aludido siendo las facultades descriptas meramente enunciativas.

C. En caso de que Locador y Locatario decidieren modificar el contrato, verbigracia, el precio del canon locativo y/o prorrogarlo, dicha modificación debe ser notificada previamente al Fiador en forma fehaciente, quien puede aceptar tal modificación redactando su acuerdo con el Locatario debiendo éste afrontar el mayor costo que tal modificación implica, o rechazar tal modificación manteniendo sólo la extensión de su fianza en su garantía original. El silencio del Fiador no podrá ser considerado aceptación expresa ni implícita de lo acordado. 

D. En el supuesto que... Obtén el modelo contrato de alquiler argentina completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

No le sean oponibles a ____________ otra/s cláusula/s y/o apartados del contrato de locación que contradiga en todo o en parte y/o que extienda y/o exceda las obligaciones asumidas en el contrato de fianza

-Anexo I-. Se establece que los domicilios que se indican son domicilios especiales circunstancia por la cual las notificaciones a ellos dirigida son plenamente válidas. Según Ley 27551 se establecen los correos electrónicos de cada parte, el Locador _____________________ el Locatario ________________ Fiador Solidario _________________ Sólo podrán ser modificados previa notificación fehaciente a todas las partes, revistiendo siempre los nuevos domicilios también la calidad de domicilios especiales con los efectos antes descriptos.

Ninguna cláusula del contrato principal puede contrariar el presente, y ante cualquier contradicción, la garantía válida será juzgada de acuerdo con las cláusulas contenidas en el Anexo I del presente.

DECIMOTERCERA: FIADOR SOLIDARIO

Presente en este acto ______________, DNI _____________ con domicilio en ___________________,  Teléfono: ___________, Email:__________________, se constituye en fiador liso, llano y principal pagador de todas las sumas emergentes de la presente locación, como así también de todos los gastos, honorarios, costas, cláusula penal e indemnizaciones; y en garantes solidarios de todas las obligaciones principales y accesorias emergentes de este contrato y hasta que el locatario haya hecho entrega a la LOCADORA del inmueble dado en locación en las condiciones convenidas por este contrato.

DECIMOCUARTA: Para todos los efectos legales, las partes se someten a... Obtén el contrato de arrendamiento argentina por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

Constituyendo las partes domicilios especiales indicados Ut-Supra donde se tendrán por válidas las notificaciones allí cursadas judiciales y extrajudiciales.

DECIMOQUINTA: “EL LOCATARIO" asume la obligación de reintegrar a "EL LOCADOR" el inmueble desocupado en las condiciones fijadas en el presente contrato el día treinta y uno de __________.

DECIMOSEXTA: Para el caso de que el estado intervenga en la libertad de contratación sancionando disposiciones legales que por cualquier medio interfieran en el libre juego de las condiciones estipuladas mediante el presente contrato la parte afectada podrá considerar dicha circunstancia como una condición resolutoria expresa, y comunicar a la otra parte su voluntad de resolver el contrato dentro de los sesenta (60) días de sancionada la medida.

DECIMOSÉPTIMA: En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Buenos Aires recibiéndolos las Partes, el Fiador Solidario y ____________ a los ______ días del mes de _______ de ____________.

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¿Cómo hacer un contrato de alquiler de local comercial?

En la Ciudad de Buenos Aires, a l día de hoy______, del mes________, del año___________, entre _______________,DNI Número _________________, CUIT __________________,  quien constituye domicilio en la calle ________________________________ de ________________________, en adelante denominado LOCADOR por una parte, y por la otra _________________ DNI Número ___________________, CUIT ___________________, con domicilio en calle_________________________, de___________________, en adelante denominado LOCATARIO; manifestando ambas partes ser personas hábiles para contratar, celebran el presente Contrato de Locación, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones;

CLAUSULA

PRIMERA: OBJETO: El LOCADOR dá en locación al LOCATARIO y éste acepta en tal concepto, el local con frente a la calle _______________ de ______________, con (Especificar todos los detalles del departamento, accesorios y estado de conservación), todo en perfecto estado de conservación. que el LOCATARIO declara conocer por haberlo visitado antes de ahora, asintiendo además del estado de la unidad, los servicios centrales correspondientes al edificio donde está ubicada. Corriendo exclusivamente a partir de la fecha el mantenimiento, limpieza y/ o reparación de todas las instalaciones por exclusiva cuenta del LOCATARIO; debiendo reintegrar el inmueble al finalizar la locación, por vencimiento del término u otro motivo, en el mismo estado recibido.

SEGUNDA:  DESTINO DE LA LOCACION: El LOCATARIO destinará el... Obtén el modelo de contrato de alquiler de local comercial simple completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

TERCERA: PLAZO: El plazo de la locación es improrrogable y se estipula en dos años ______ a partir del día _______de ____________del año _________de modo que vencerá indefectiblemente el día ______ de ___________ del año__________.

CUARTA: PRECIO: El precio de la locación se pacta en la suma de PESOS (escribir en letras) ________, más IVA, que se distribuirá de la siguiente manera: en el primer año doce (12) pagos mensuales de PESOS ________________________($_____) más IVA, cada uno, en el segundo año doce (12) pagos mensuales de PESOS_________________($__________) más IVA, cada uno,  y en el tercer año (12) pagos mensuales de PESOS ____________________($_____________) más IVA. El timbrado correspondiente por el monto total del contrato estipulado en la presente cláusula será abonado por ________________________

QUINTA: FORMA DE PAGO: Los alquileres serán... Obtén el contrato de arrendamiento de local completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

SEXTA: MEDIDORES: El LOCATARIO toma a su cargo la conexión de los medidores de los servicios de gas, luz, y agua corriente (este último si correspondiere) relevando al LOCADOR de toda responsabilidad al respecto. Debiendo el LOCATARIO efectuar todos los gastos necesarios de su exclusivo peculio.

SÉPTIMA: INCUMPLIMIENTO: En cualquiera de los casos de incumplimiento del LOCATARIO, sin perjuicio de las penalidades que se establecen en las demás cláusulas, el LOCADOR podrá pedir el cumplimiento de este contrato o resolverlo por culpa del LOCATARIO y solicitar el inmediato desalojo de éste o quienes ocupen el inmueble (art. 1086 CC y C).

En ambos casos y para el evento de que el LOCATARIO dejare abandonada la unidad o depositare judicialmente las llaves, deberá abonar al LOCADOR una multa igual al alquiler pactado desde la iniciación del juicio hasta el día en que el LOCADOR tome la libre y efectiva tenencia definitiva de la propiedad, debiendo indemnizarlo también por daños y perjuicios sufridos.

Sin perjuicio de lo expuesto en caso de abandono, y para evitar los posibles deterioros que pudieran producirse y/o la ocupación ilegal de terceros, queda facultado el LOCADOR a tomar posesión anticipada de la propiedad con el auxilio de cerrajero, labrándose acta en tal sentido por Oficial Público, y constituyéndose en depositario de los bienes muebles propiedad del LOCATARIO, que pudieran hallarse en el lugar (previo prolijo inventario), por el término de tres meses contados desde el día de practicarse la diligencia.

Vencido el plazo del depósito, se entenderá que el locatario ha renunciado voluntariamente a los efectos de su pertenencia.

OCTAVA: INTRANSFERIBILIDAD: El presente contrato de locación es... Obtén el contrato de arrendamiento de local completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

NOVENA: MODIFICACIONES: Es terminantemente prohibido realizar modificaciones en el inmueble, así como mejoras, en su caso, deberán ser aprobadas previamente por escrito por el LOCADOR y quedarán a su exclusivo beneficio una vez finalizado el plazo de la locación, sin derecho a retribución o compensación alguna por parte del LOCATARIO. Aún en el supuesto de que las modificaciones o mejoras introducidas puedan considerarse como necesarias (urgentes o no), toda mejora de cualquier tipo cederá en beneficio de la unidad locada. El LOCATARIO responderá de todo deterioro causado por su culpa o negligencia o de las personas por quienes deba responder, excepto los deterioros provenientes del mero transcurso del tiempo y el uso regular. También debe entregar al restituir la unidad al locador las constancias de pago efectuados por la relación locativa atinentes a esta o a sus servicios que no haya entregado en forma mensual (art. 1210 CC y C).

DÉCIMA: FALTA DE DEVOLUCION: Rigiéndose este contrato de locación exclusivamente por las disposiciones de la legislación vigente, específicamente el Código Civil y Comercial, el LOCATARIO deberá devolver... Obtén el contrato de arrendamiento de local completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

UNDÉCIMA: SANCIONES: Conforme lo establecido en la cláusula séptima, la violación por parte del LOCATARIO de cualquiera de las obligaciones que asume en el presente dará derecho al LOCADOR para optar entre exigir su cabal cumplimiento o dar por resuelto el presente contrato y exigir el inmediato desalojo del inmueble, con más el pago de las cláusulas penales pactadas y/os daños y perjuicios pertinentes.

Pudiendo accionar contra la totalidad del patrimonio del LOCATARIO y del CODEUDOR-FIADOR; siendo las obligaciones asumidas entre todos los citados de carácter solidario (arts. 833 y 844 CC y C). Se establece este derecho para el LOCADOR en forma especial en el caso de la falta de pago de dos (2) mensualidades de alquiler por adelantado en el plazo y forma establecidos.

DÉCIMO SEGUNDA: GARANTIA: Señor__________, DNI Número ______________, con domicilio en calle _____________________, Piso______________, Departamento _____________CABA, se constituye en codeudora, fiadora solidaria y principal pagadora en los términos de los artículos 1584 inc. d), 1586, 1589, 1590 y 1591 del CC y C.

Renunciando en... Obtén el contrato de arrendamiento de local completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

Subsistirán también sus obligaciones aún después del vencimiento de este contrato. Especialmente se establece que el garante responderá si por cualquier disposición legal y futura el LOCADOR se viera precisado a tolerar una prórroga de la locación en cualquier condición.

Asimismo, se extenderá su responsabilidad a las costas, gastos y honorarios que pudieren devengarse con motivo de cualquier juicio que a raíz de este contrato se viera precisado a iniciar el LOCADOR, ya sea por desalojo, cobro de alquileres, cobro de reparaciones y/o indemnizaciones en las cuales pudiera ser condenado el LOCATARIO, y que podrán ser reclamadas en cualquier juicio o en el mismo expediente donde se devengaron.

La garantía que se constituye en cumplimiento del presente comprende la totalidad del patrimonio del GARANTE.

Sin perjuicio de individualizar y afectar en modo particular a esta garantía, el siguiente inmueble de propiedad de la codeudora fiadora: un departamento sometido al régimen de propiedad horizontal, con frente a la calle _________________ Número ________________, entre las calles _________________ y _______________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comprometiéndose la fiadora a no enajenar el inmueble sin expreso y previo consentimiento de la parte locadora, debiendo en cuyo caso afectar simultáneamente a la garantía, un inmueble de igual o mayor valor que el individualizado.

DÉCIMO TERCERA: IMPUESTOS, TASAS Y SERVICIOS: Las partes establecen... Descargar modelo de contrato de alquiler por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

DÉCIMO CUARTA: COMPETENCIA: A todos los efectos legales del presente contrato, las partes constituyen sus domicilios legales en los arriba indicados, donde se tendrán por válidas y eficaces todas las notificaciones, y se someten a la jurisdicción y competencia de la Justicia Ordinaria de los tribunales de ____________________, con expresa renuncia a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponderles.

DÉCIMO QUINTA: DEPÓSITO: En garantía del fiel cumplimiento de todas las obligaciones pactadas en el presente contrato, el LOCATARIO entrega en este acto la suma de PESOS (escribir en letras) ______________. Este depósito será devuelto al extinguirse la relación locativa, sin ningún tipo de actualización y previa verificación del estado del bien y de las cuentas pendientes por todo rubro o concepto establecido como prestación dineraria a cargo del LOCATARIO. Sirve el presente de suficiente recibo y eficaz carta de pago por el importe mencionado. La suma entregada en depósito, en ningún caso podrá aplicarse al pago de alquileres atrasados, ni podrá solicitase su imputación en caso de desalojo.

DÉCIMO SEXTA: ESTADO DEL BIEN LOCADO: El LOCATARIO recibe el inmueble... Obtén el modelo de contrato de alquiler comercial 2024 completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

DÉCIMO SÉPTIMA: ENTREGA DE LAS LLAVES: Al finalizar el contrato la entrega de las llaves o de la propiedad sólo se justificará por escrito emanado del LOCADOR o de quien éste autorice para recibirlas, no admitiéndose otro medio de prueba. Si el LOCATARIO consigna las llaves, adeudará al LOCADOR el alquiler fijado en ese momento con más las accesorias previstas, hasta el día en que el LOCADOR acepte la consignación o se le dé posesión del inmueble sin que esto menoscabe su derecho de exigir el pago de las penalidades pactadas por esta circunstancia.

DÉCIMO OCTAVA: IRRESPONSABILIDAD: El LOCADOR no responderá frente a cualquier hecho ajeno a su voluntad que ocurriere con motivo de la locación, incluso en el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor. Comprometiéndose el LOCATARIO a contratar un seguro de incendio de la unidad que arrienda, por todo el tiempo de la locación, endosando la póliza a favor del LOCADOR.

Especialmente se establece que el LOCADOR no responderá por las interrupciones totales o parciales, de carácter temporario o permanente de los suministros y servicios que posee la unidad que sean causados por causas ajenas a su voluntad y responsabilidad.

DÉCIMO NOVENA: USO: El LOCATARIO deberá acatar... Obtén el modelo de contrato de alquiler simple argentina completo por tan solo 787 ARS haciendo click aquí.

VIGESIMA: REPARACIONES: El LOCATARIO dará inmediata cuenta al LOCADOR de cualquier desperfecto que sufriera la propiedad permitiéndole al mismo o a sus representantes el libre acceso a cualquier dependencia, cuando éste juzgue necesario su inspección; obligándose también a efectivizar todo trabajo que sea necesario para la conservación o mejora del local sin derecho a cobrar indemnización alguna.

VIGÉSIMO PRIMERA: Los instrumentos particulares comprendidos en lo dispuesto en el art. 287 del CC y C y los generados por medios electrónicos por una u otra parte o por terceros, no serán oponibles en ningún caso a los aquí firmantes por así decidirlo y convenirlo expresamente.

VIGESIMOSEGUNDA: FIRMA Y EJEMPLARES: En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados. Se deja constancia que cada parte hace retiro de su ejemplar.

_______________________                                                            _________________________________

        LOCADOR                                                                                               LOCATARIO

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Pedro Kanzler

Abogado graduado de la Universidad de Carabobo en 2015. Empresario - Emprendedor. En busca de un cambio de carrera y nuevos proyectos. Ver Curriculum en Linkedin

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