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Todo lo que debes saber sobre los Contratos de Trabajo en Chile

Un contrato de trabajo es un acuerdo celebrado entre dos partes; el (empleador), pudiendo ser una persona física o jurídica y el empleado.

Por medio del cual se establecen los términos y condiciones para la realización de determinado trabajo o prestación de un servicio por un tiempo específico o indeterminado a cambio de una retribución monetaria o sueldo.

Un contrato laboral debe contar con ciertos elementos que lo hacen legitimo hacia terceros y permite su legal aplicación.

Lo primero que se debe dejar en claro dentro del contrato es la voluntad de las partes en la realización del trabajo;

Debe haber una prestación libre y voluntaria del trabajo con el objetivo de obtener una remuneración real.

Por otra parte, el trabajo debe realizarse de manera personal, no pudiendo haber sustituciones de personas a menos que el empleador así lo requiera, por lo que al momento de la creación del mismo se debe estipular claramente el nombre de la persona designada para realizar la actividad y el puesto que desempeñará.

Debe constar dentro de las cláusulas que la dirección del trabajo estará a cargo del empleador.

Por tal motivo, cualquier actividad se realizará bajo la organización y dirección de otra persona que retribuye, siendo suficiente para el trabajador que se encuentre dentro del círculo disciplinario del empleador, de quien depende.

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Es importante mencionar la ajenidad de la actividad, que no es más que la retribución a la que tiene derecho a recibir el trabajador por estar a disposición del empresario, con independencia de que ese trabajo o servicio le resulte de utilidad a la empresa.

Por último, se debe mencionar la duración del trabajo, este puede ser indefinido o con una duración exacta, Normalmente se realiza a tiempo indefinido y a jornada completa, excepto que se establezca lo contrario.

De acuerdo a la ley chilena, el contrato de trabajo debe contener, por lo menos, las siguientes 7 estipulaciones contempladas en su artículo 10 de la ley de trabajo.

Estipulación 1: Lugar y fecha del contrato.

Estipulación 2: Individualización de las partes con indicación de la nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso del trabajador.

Estipulación 3: Determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse. El contrato podrá señalar dos o más funciones específicas, sean estas alternativas o complementarias.

Estipulación 4: Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada.

Estipulación 5: Duración y distribución de la jornada de trabajo, salvo que en la empresa existiere el sistema de trabajo por turno, caso en el cual se estará a lo dispuesto en el reglamento interno;

Estipulación 6: Plazo del contrato.

Estipulación 7: demás pactos que acordaren las partes. Deberán señalarse también, en su caso, los beneficios adicionales que suministrará el empleador en forma de casa habitación, luz, combustible, alimento u otras prestaciones en especie o servicios.

Importante
Cuando para la contratación de un trabajador se le haga cambiar de domicilio, deberá dejarse testimonio del lugar de su procedencia.

Si por la naturaleza de los servicios se precisare el desplazamiento del trabajador, se entenderá por lugar de trabajo toda la zona geográfica que comprenda la actividad de la empresa.

Esta norma se aplicará especialmente a los viajantes y a los trabajadores de empresas de transportes.

Para que un contrato de trabajo sea considerado valido, es necesario que cuente con la firma de las partes vinculadas en el mismo, además de la obligación de que tanto el empleador como el empleado cuenten con una copia del contrato que se ha firmado.

En la legislación chilena existen 8 tipos de contrato de trabajo que se clasifican de acuerdo con el tiempo que se mantendrán las labores.

Mencionamos algunas definiciones:

Contrato por obra o faena:

Se crea para dejar sentado que el trabajo se inicia para la realización de una actividad especifica y se mantendrá vigente solo durante el tiempo que dure el proyecto.

Esta figura de contratación se encuentra estipulada en el artículo 10 bis del Código del Trabajo, que estipula textualmente que el trabajador tiene la obligación de ejecutar una obra material o intelectual desde el inicio hasta su término.

Este tipo de contrato no debe hacerse más de dos veces en forma sucesiva, de pasar esto, cambia automáticamente su naturaleza a plazo fijo.

Contrato a plazo fijo:

Es un acuerdo que establece de manera clara cuento durará la relación laboral. Su aplicación permite gozar de los servicios de profesionales titulados.

Este tipo de contrato se encuentra reflejado en el artículo 159, No 4 del Código del trabajo en donde se establece que el lapso pautado no puede exceder de un año.

Solo en caso de profesionales técnicos, se puede extender hasta dos años. En este tipo de acuerdo, el empleador no puede despedir al trabajador dentro del tiempo estipulado ya que estaría incumpliendo el acuerdo y podría acarrear una demanda y sus futuras consecuencias.

Contrato part time:

Aunque la legislación chilena no contempla el termino part time en el Código del Trabajo, permite la posibilidad de hacer acuerdos de jornada parcial con un tope de hasta 30 horas semanales.

Este tipo de contrato tiene algunas particularidades que se deben conocer, tales como:

Particularidad 1: La jornada diaria no podrá exceder de 10 horas continuas, aunque se pueden acordar horas extraordinarias.

Particularidad 2: Los trabajadores part time poseen los mismos derechos y beneficios que quienes trabajan a tiempo completo.

Particularidad 3: La distribución de las horas laborales pueden estipularse en común acuerdo entre las partes.

Contrato indefinido:

Podríamos mencionar que es el contrato más estable que se encuentra dentro del Código de Trabajo.

El mismo se encuentra estipulado en el artículo 159 y no establece un tiempo para culminar la relación laboral y solo puede finiquitarse con la renuncia del trabajador, despido o muerte.

Contrato para practicante:

Se estipula en el inciso No 3 del Artículo No 8 del Código del Trabajo.

Es una herramienta para contar con los servicios de estudiantes de educación superior o media que necesitan realizar prácticas profesionales.

En este tipo de contrato, no se establecen remuneraciones, aunque se puede determinar el pago de algún tipo de bono y gozar de ciertos beneficios acordados entre las partes.

Contratos para extranjeros:

Son contratos para personas extranjeras sin nacionalidad chilena que trabajan para una empresa dentro del país.

En este caso, es necesario que el empleado cuente con una visa que les otorgue el permiso para establecer una relación laboral.

Es importante destacar, que este tipo de contrato se puede firmar cuando la visa está en trámite o cuando el Estado otorga un permiso especial para trabajar dentro del territorio nacional.

Estos son los requisitos legales que deben cumplirse para este tipo de contrato:

Requisito Número 1: Las firmas deben presentarse ante cualquier notaría situada en Chile.

Requisito Número 2: Los extranjeros que deseen desempeñarse como profesionales tienen que realizar el proceso administrativo de la acreditación del título. Esto se efectúa en el consulado chileno del país del que se proviene.

Requisito Número 3: Toda contratación de personal extranjero tiene que cumplir con las normas establecidas por el departamento de extranjería y migración.

Contrato para arte y espectáculo:

Las contrataciones de personal artístico también cuenta con estipulaciones establecidas en la ley, estas se encuentran establecidas en el artículo 10 del Código del Trabajo.

Las actividades que más se contratan bajo el esquema de arte y espectáculo son:

  • Músicos y cantantes.
  • Trabajadores circenses.
  • Profesionales del teatro.
  • Bailarines y coreógrafos.
  • Directores de cine y actores.
  • Dramaturgos.

Este tipo de contrato suele ser a plazo fijo por una o más funciones relacionadas con la actividad artística.

También tienes que saber que este modelo de contrataciones tiene su asidero legal en la ley N°19.889 que establece las condiciones de trabajo y la contratación de los trabajadores de Artes y Espectáculos.

Contrato por honorarios:

El contrato por honorario no se encuentra establecido en el Código del Trabajo, pero sí en la legislación Civil.

Es un acuerdo para la prestación de servicios inmateriales, usado en la mayoría de los casos para profesionales independientes que no tienen un trabajo fijo ni compromiso más que el solicitado por el empleador.

Ofrece autonomía e igualmente, debe acordarse una remuneración justa.

Un contrato también puede ser colectivo o individual dependiendo de su naturaleza.

Un contrato colectivo

Es aquel que realizan las empresas cuando llegan a un acuerdo con todos los trabajadores, de tal manera que los beneficios son de carácter común para los trabajadores.

Este tipo de acuerdo laboral regula cada aspecto del trabajo; las escalas salariales, bonos, seguros de salud, días libres, pago de vacaciones y generalmente se nombra a una representación de empleados para que sean los voceros del personal ante la directiva.  

Un contrato individual

Se trata de un acuerdo único entre el trabajador y la empresa, en donde mutuamente se discuten los acuerdos y condiciones del trabajo y firman el documento.

En este tipo de contrato, los beneficios pueden ser individuales respecto a los demás trabajadores

Existen contratos que son establecidos entre particulares, para la prestación de ciertos servicios.

Uno de ellos es el contrato para trabajadora en casa particular o asesora del hogar, que en Chile cuenta con toda la protección de la ley y requiere su formalización ante la Dirección del Trabajo.

¿Qué es un contrato de trabajo?

Módelo de Contrato de Trabajo Ejemplo

En_________________, a _________________ de_______________ del año____________ entre (nombre o razón social) ______________________________, R.U.T______________, representado(a) legalmente por Sr(a)________________________________________, cédula de identidad__________________________, ambos con domicilio en _________________________________comuna de ____________________, en adelante el "Empleador" y Sr(a) ___________________________________ de nacionalidad______________________________, nacido el_______ de_________ del año________, domiciliado en _________________________, comuna de___________, RUT ____________________, proveniente de____________________, en adelante "Trabajador". Se ha convenido el siguiente Contrato Individual de Trabajo:

PRIMERO: El trabajador se compromete y obliga a...  Obtén el contrato de trabajo chileno completo por tan solo 1985 pesos haciendo click aquí.

SEGUNDO: JORNADA DE TRABAJO

El trabajador cumplirá una jornada semanal ordinaria de ____________ horas, de acuerdo a la siguiente distribución diaria: lunes a _______________, de ___________________a __________________ horas. La jornada de trabajo será interrumpida con un descanso de ................................minutos, entre las __________________ y las ________________ horas, destinados a la colación, tiempo que será de cargo del ________________________

TERCERO: Cuando por necesidades de funcionamiento de la Empresa, sea necesario pactar trabajo en tiempo extraordinario, el Empleado...  Obtén el contrato de trabajo chileno completo por tan solo 1985 pesos haciendo click aquí.

A falta de acuerdo, queda prohibido expresamente al Empleado trabajar sobretiempo o simplemente permanecer en el recinto de la Empresa, después de la hora diaria de salida, salvo en los casos a que se refiere el inciso precedente.

El tiempo extraordinario trabajado de acuerdo a las estipulaciones precedentes, se remunerará con el recargo legal correspondiente y se liquidará y pagará conjuntamente con la remuneración del respectivo período.

CUARTO: El empleado percibirá... Obtén el contrato de trabajo chileno completo por tan solo 1985 pesos haciendo click aquí.

Las deducciones que la Empleadora podrá según los casos - practicar a las remuneraciones, son todas aquéllas que dispone el artículo 58 del Código del Trabajo.

QUINTO: El trabajador, asimismo, acepta y autoriza al Empleador para que haga las deducciones que establecen las leyes vigentes y, para que le descuente el tiempo no trabajado debido a atrasos, inasistencias o permisos y, además, la rebaja del monto de las multas establecidas en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, en caso que procedieren.

SEXTO: La Empresa se obliga a... Obtén el contrato de trabajo chileno completo por tan solo 1985 pesos haciendo click aquí.

Esta gratificación se calculará, liquidará y anticipará mensualmente en forma coetánea con la remuneración del mes respectivo, siendo cada abono equivalente a la doceava parte de la gratificación anual.

La gratificación así convenida es incompatible y sustituye a la que resulte de la aplicación de los artículos 47 y siguientes del Código del Trabajo.

Para los efectos de cotejar la gratificación convenida en esta cláusula con la que, según la ley, eventualmente podría corresponder al Empleado, los valores anticipados mensualmente se reajustarán en conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Código del Trabajo, y se entenderá que fueron abonados con carácter de anticipos de dichas gratificaciones legales.

Con todo, si las sumas anticipadas a título de gratificación convencional resultaren mayores que las que legalmente correspondieren al Empleador, el exceso se consolidará en su beneficio.

SÉPTIMO: El empleador se compromete a otorgar o suministrar al trabajador los siguientes beneficios:

a)_________________________b)________________________c)___________________________

El trabajador se obliga y compromete expresamente a... Obtén el contrato de trabajo chileno completo por tan solo 1985 pesos haciendo click aquí.

OCTAVO: Las partes acuerdan en este acto que los atrasos reiterados, sin causa justificada, de parte del trabajador, se considerarán incumplimiento grave de las obligaciones que impone el presente contrato y darán lugar a la aplicación de la caducidad del contrato, contemplada en el art. .160 Nº7 del Código del Trabajo

Se entenderá por atraso reiterado el llegar después de la hora de ingreso durante ________________ días seguidos o no, en cada mes calendario. Bastará para acreditar esta situación la constancia en el respectivo Control de Asistencia.

NOVENO: El presente contrato... Obtén el contrato de trabajo chileno completo por tan solo 1985 pesos haciendo click aquí.

DECIMO: Para todas las cuestiones a que eventualmente pueda dar origen este contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago.

DECIMO PRIMERO: Se deja constancia que el Empleado ingresó al servicio de la Empresa con fecha ______de ___________del año_______

El presente contrato se firma en dos ejemplares, quedando en este mismo acto uno en poder de cada contratante.

___________________________ FIRMA EMPLEADOR RUT __________________________________________________ FIRMA TRABAJADOR RUT______________________
anexo contrato trabajo

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Pedro Kanzler

Abogado graduado de la Universidad de Carabobo en 2015. Empresario - Emprendedor. En busca de un cambio de carrera y nuevos proyectos. Ver Curriculum en Linkedin

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